domingo, 27 de octubre de 2013

Noticias Actualidad de Peru: Ley Chehade - adultos deben enviar solicitud a proveedor de Internet para ver porno

Tras la promulgación de la cuestionada Ley de Delitos Informáticos, otra iniciativa oficialista se alista para regular el uso de la Internet en el país, la Ley de Protección del Menor de Contenidos Pornográficos en Internet, propuesta por el congresista Omar Chehade.
El proyecto, según el legislador, está “dedicado a la protección del menor de edad, no al adulto y mucho menos para prohibir Internet”. Sin embargo, establece límites y regula el empleo de portales o servicios webs.
Efectivamente, el texto se presenta como una forma de evitar que el menor de edad, al usar una computadora con acceso a Internet, ingrese a páginas webs con contenidos pornográficos, pero la manera en que se hará esta restricción termina afectando las libertades del resto de personas.
“Yo no creo que a nadie le guste que un niño de seis, ocho o 10 años acceda de manera indiscriminada a la pornografía, porque esto trae una serie de consecuencias en la propia formación del niño; psicológico, físico, un daño que más tarde se puede demostrar en la conducta de una persona que ha tenido una malformación”, precisó Chehade Moya.
¿QUÉ PUEDE VER UN NIÑO Y QUÉ NO?
Uno de los cuestionamientos a esta iniciativa nacionalista es la creación de la Comisión de Protección al Menor de Contenidos Pornográficos en Internet (Coprome), institución que se encargará de determinar qué página web no puede ver un niño y qué pagina sí.
Este organismo estará conformado por siete miembros: uno del Ministerio de la Mujer, uno del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, uno de la Defensoría del Pueblo, uno Ministerio Público, uno de Osiptel, uno de Indecopi y un representante de las empresas proveedoras de servicios de Internet.
Entonces, la Coprome se encargará de evaluar y seleccionar las páginas webs, aplicaciones móviles o servicios de Internet que tengan, a su criterio, contenido pornográfico que no puede ser visto por un menor de edad.
Es decir, en manos de esta comisión quedará la facultad de elegir qué puede y qué no puede ver un niño en la red, generando suspicacias por la forma en que definirán y categorizarán cada página de Internet. 
BLOQUEO DE PÁGINAS
Luego de definir las páginas o servicios webs a bloquear, la Coprome enviará esta lista a las empresas proveedoras de Internet para que se proceda a la restricción total de estos contenidos.
De este modo, si un adulto quiere ingresar a una página pornográfica, debe enviar una solicitud a su proveedor del servicio de Internet, manifestándole su intención que se bloquee esta página, asumiendo el rol de vigilar que el menor en casa no acceda a las páginas restringidas.
En la actualidad, existen filtros que impiden a un niño ver pornografía, tan solo con una clave que el adulto pueda tener, la misma modalidad que se emplea en las cabinas públicas de Internet.
Sin embargo, Chehade Moya, en su exposición de motivos, argumentó que, muchas veces, el padre de familia tiene desconocimiento sobre estos filtros o la forma en que puede instalarlo y aplicarlo.
“Los padres no necesariamente tienen muchas veces el tiempo necesario para poder controlar a los niños las 24 horas (…) y es por ello que se está buscando es poner un filtro en las propias compañías proveedoras para que no tengan acceso los niños”, indicó el congresista.
El debate está abierto y el propio Chehade Moya se ha comprometido a que este proyecto sea discutido y, seguramente, modificado, en el marco del respeto a las libertades de una persona.

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