Tras la promulgación de la cuestionada Ley de Delitos Informáticos, otra iniciativa oficialista se alista para regular el uso de la Internet en el país, la Ley de Protección del Menor de Contenidos Pornográficos en Internet, propuesta por el congresista Omar Chehade.
El proyecto, según el legislador, está “dedicado a la protección del
menor de edad, no al adulto y mucho menos para prohibir Internet”. Sin
embargo, establece límites y regula el empleo de portales o servicios
webs.
Efectivamente, el texto se presenta como una forma de evitar que el
menor de edad, al usar una computadora con acceso a Internet, ingrese a
páginas webs con contenidos pornográficos, pero la manera en que se hará
esta restricción termina afectando las libertades del resto de
personas.
“Yo no creo que a nadie le guste que un niño de seis, ocho o 10 años
acceda de manera indiscriminada a la pornografía, porque esto trae una
serie de consecuencias en la propia formación del niño; psicológico,
físico, un daño que más tarde se puede demostrar en la conducta de una
persona que ha tenido una malformación”, precisó Chehade Moya.
¿QUÉ PUEDE VER UN NIÑO Y QUÉ NO?
Uno de los cuestionamientos a esta iniciativa nacionalista es la
creación de la Comisión de Protección al Menor de Contenidos
Pornográficos en Internet (Coprome), institución que se encargará de
determinar qué página web no puede ver un niño y qué pagina sí.
Este organismo estará conformado por siete miembros: uno del
Ministerio de la Mujer, uno del Ministerio de Transporte y
Comunicaciones, uno de la Defensoría del Pueblo, uno Ministerio Público,
uno de Osiptel, uno de Indecopi y un representante de las empresas
proveedoras de servicios de Internet.
Entonces, la Coprome se encargará de evaluar y seleccionar las
páginas webs, aplicaciones móviles o servicios de Internet que tengan, a
su criterio, contenido pornográfico que no puede ser visto por un menor
de edad.
Es decir, en manos de esta comisión quedará la facultad de elegir qué
puede y qué no puede ver un niño en la red, generando suspicacias por
la forma en que definirán y categorizarán cada página de Internet.
BLOQUEO DE PÁGINAS
Luego de definir las páginas o servicios webs a bloquear, la Coprome
enviará esta lista a las empresas proveedoras de Internet para que se
proceda a la restricción total de estos contenidos.
De este modo, si un adulto quiere ingresar a una página
pornográfica, debe enviar una solicitud a su proveedor del servicio de
Internet, manifestándole su intención que se bloquee esta página,
asumiendo el rol de vigilar que el menor en casa no acceda a las páginas
restringidas.
En la actualidad, existen filtros que impiden a un niño ver
pornografía, tan solo con una clave que el adulto pueda tener, la misma
modalidad que se emplea en las cabinas públicas de Internet.
Sin embargo, Chehade Moya, en su exposición de motivos, argumentó
que, muchas veces, el padre de familia tiene desconocimiento sobre estos
filtros o la forma en que puede instalarlo y aplicarlo.
“Los padres no necesariamente tienen muchas veces el tiempo
necesario para poder controlar a los niños las 24 horas (…) y es por
ello que se está buscando es poner un filtro en las propias compañías
proveedoras para que no tengan acceso los niños”, indicó el congresista.
El debate está abierto y el propio Chehade Moya se ha comprometido a
que este proyecto sea discutido y, seguramente, modificado, en el marco
del respeto a las libertades de una persona.
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